La Contraloría del Estado a través de la Unidad Especializada en Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública del Estado tiene como objetivo promover la salvaguarda de los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito, igualdad de trato y oportunidades, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, igualdad y no discriminación, por parte de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado.
Principales atribuciones de la Unidad Especializada
- Es el vínculo entre la Contraloría del Estado y los Comités de Ética.
- Emitir opiniones no vinculantes respecto a la posible actualización de conflictos de interés por parte de los servidores públicos sujetos a investigación.
- Requerir a las autoridades competentes información relativa a los procedimientos de responsabilidad administrativa que se instauren por las autoridades competentes de la investigación de faltas administrativas que puedan derivar en posible conflicto de interés.
- Dictar medidas preventivas tendientes a prevenir conflictos de interés en el ámbito de la actuación de la Administración Pública del Estado.
- Dar seguimiento a la integración de los Comités de Ética en las entidades públicas.
Entre otras.
¿Qué son los Comités de Ética?
Son órganos colegiados de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado responsables de llevar a cabo la promoción y salvaguarda de los principios y valores contenidos en el Código de Ética y Reglas de Integridad, así como de aquellas que sean determinadas por la Unidad Especializada, en el ámbito de la entidad pública de su respectiva adscripción.
Funciones de los Comités de Ética
- Automatizar su norma de integración y funcionamiento, aprobar su Plan Anual de Trabajo.
- Presentar a la Unidad Especializada para su validación el Programa Anual de Trabajo dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación.
- Vigilar la aplicación y cumplimento de los principios y valores que rigen al servidor público e informar con periodicidad al titular de la dependencia o entidad, el resultado de dicha gestión.
- Autorizar el Código de Conducta conforme al cual se salvaguarden los principios, valores y conductas aplicables a la entidad pública de su adscripción.
- Fungir como órgano de consulta.
- Asesoría especializada en asuntos relacionados con las materias de ética, conducta y prevención de conflictos de interés, entre otras.