{"id":1057,"date":"2024-12-01T08:00:00","date_gmt":"2024-12-01T14:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/contravirtual.jalisco.gob.mx\/nodos\/?post_type=article&#038;p=1057"},"modified":"2026-01-16T10:44:30","modified_gmt":"2026-01-16T16:44:30","slug":"politica-deliberativa-e-inhibicion-de-la-corrupcion","status":"publish","type":"article","link":"https:\/\/contravirtual.jalisco.gob.mx\/nodos\/article\/politica-deliberativa-e-inhibicion-de-la-corrupcion\/","title":{"rendered":"Pol\u00edtica deliberativa e inhibici\u00f3n de la corrupci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-stackable-columns alignfull stk-block-columns stk-block stk-7c63e41 article-shell\" data-block-id=\"7c63e41\"><div class=\"stk-row stk-inner-blocks stk-block-content stk-content-align stk-7c63e41-column alignfull\">\n<div class=\"wp-block-stackable-column stk-block-column stk-column stk-block stk-2994373 article-rail-left\" data-v=\"4\" data-block-id=\"2994373\"><style>.stk-2994373 {align-self:flex-start !important;}@media screen and (min-width:690px){.stk-2994373 {flex:var(--stk-flex-grow, 1) 1 calc(20% - var(--stk-column-gap, 0px) * 2 \/ 3 ) !important;}}<\/style><div class=\"stk-column-wrapper stk-block-column__content stk-container stk-2994373-container stk--no-background stk--no-padding\"><div class=\"has-text-align-left stk-block-content stk-inner-blocks stk-2994373-inner-blocks\">\n<\/div><\/div><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-stackable-column stk-block-column stk-column stk-block stk-44e6875 article-main\" data-v=\"4\" data-block-id=\"44e6875\"><style>@media screen and (min-width:690px){.stk-44e6875 {flex:var(--stk-flex-grow, 1) 1 calc(60% - var(--stk-column-gap, 0px) * 2 \/ 3 ) !important;}}<\/style><div class=\"stk-column-wrapper stk-block-column__content stk-container stk-44e6875-container stk--no-background stk--no-padding\"><div class=\"stk-block-content stk-inner-blocks stk-44e6875-inner-blocks\"><div class=\"article-byline\"><a class=\"byline-author\" href=\"https:\/\/contravirtual.jalisco.gob.mx\/nodos\/author\/gilberto-tinajero-diaz\/\">Gilberto Tinajero D\u00edaz<\/a> | <a class=\"byline-cat\" href=\"https:\/\/contravirtual.jalisco.gob.mx\/nodos\/category\/nodos\/\">Nodos<\/a><\/div>\n\n\n\n\n\n\n<p>La creaci\u00f3n de \u00f3rganos aut\u00f3nomos obedece a la evoluci\u00f3n y transformaci\u00f3n del Estado debido el aumento de sus tareas que, por su especialidad, obedece a una l\u00f3gica de evitar la concentraci\u00f3n del poder p\u00fablico por parte de los conocidos como Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En la historia de M\u00e9xico, estos \u00f3rganos surgen por demandas ciudadanas y con la finalidad de que la garant\u00eda de derechos sea efectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En M\u00e9xico, la existencia de la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales (INAI), la Secretar\u00eda Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n (SESNA) y sus hom\u00f3logos a escala estatal, son la expresi\u00f3n de una pol\u00edtica deliberativa \u2013o democracia deliberativa\u2013, enfoque profundizado por Habermas (1998), que explica c\u00f3mo, desde el ejercicio de las libertades y concepci\u00f3n republicana de la democracia, se puede llegar a un consenso gracias al di\u00e1logo y la participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n\n\n\n<p>Es este sentido, la pol\u00edtica deliberativa es un enfoque que explica la existencia de \u00f3rganos garantes que cuenten con autonom\u00eda \u2013o, en el caso de los sistemas anticorrupci\u00f3n, con \u00f3rganos colegiados, mecanismos de designaci\u00f3n y participaci\u00f3n ciudadana activa que garanticen un funcionamiento t\u00e9cnico e independiente\u2013, los cuales surgen del consenso ciudadano para la preservaci\u00f3n de las libertades individuales y colectivas, y por ende, la garant\u00eda de estabilidad democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfDe d\u00f3nde venimos?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>En el a\u00f1o 2002 se crea el entonces Instituto Federal de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (IFAI). M\u00e1s adelante, hacia 2014, se cambia el nombre por INAI, lo que signific\u00f3 la expansi\u00f3n de sus competencias m\u00e1s all\u00e1 del control a las entidades federales. En el 2015, la expedici\u00f3n de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (LGTAIP), tendr\u00eda un impacto en el ejercicio de la divulgaci\u00f3n y acceso de la informaci\u00f3n p\u00fablica por parte de las entidades p\u00fablicas mexicanas, la cual se caracterizaba por un manto de opacidad y dif\u00edcil acceso.<\/p>\n\n\n\n<p>El efecto institucional \u2013entendido como las normas y organismos creados para tal fin\u2013 ha quedado ampliamente demostrado. Es as\u00ed como Mart\u00edn-Borreg\u00f3n y Bar\u00f3n (2024) se\u00f1alan que, antes de la LGTAIP, las respuestas a las solicitudes de informaci\u00f3n podr\u00edan tardar m\u00e1s de un mil d\u00edas, posterior a esto se redujo considerablemente el tiempo de demora. A lo que se suma la divulgaci\u00f3n a trav\u00e9s de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) con la idea de facilitar la divulgaci\u00f3n a las entidades p\u00fablicas y el acceso a la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El avance en los procesos de transparencia hizo posible el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y, con ello, al escrutinio ciudadano que, ante la inoperancia de los entes encargados de ejercer control y vigilancia frente actos de corrupci\u00f3n, llevaron a la creaci\u00f3n de un organismo para la coordinaci\u00f3n entre los diversos \u00f3rganos de combate a la corrupci\u00f3n. Es as\u00ed como, hacia 2016 se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n (LGSNA) y se crea la SESNA.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese tenor, las entidades federativas respondieron y crearon su propia institucionalidad que, de manera arm\u00f3nica, trabajan con sus hom\u00f3logas en el orden federal. Un caso muy importante que demuestra la existencia de cooperaci\u00f3n entre el sistema, es la Plataforma Digital Nacional (PDN), con la que se logr\u00f3 interconectar informaci\u00f3n con las secretar\u00edas ejecutivas de 24 de los 32 estados del pa\u00eds. La PDN est\u00e1 avanzando con la interconexi\u00f3n de manera tal que presenta la informaci\u00f3n por medio de sistemas que corresponden a: 1) declaraciones; 2) servidores p\u00fablicos en contrataciones; 3) sancionados; 4) fiscalizaci\u00f3n; 5) denuncias; y 6) contrataciones.<\/p>\n\n\n\n<p>En Jalisco, el Sistema Estatal Anticorrupci\u00f3n (SEAJAL) y la Pol\u00edtica Estatal Anticorrupci\u00f3n de Jalisco (PEAJAL), ha avanzado a trav\u00e9s de su Secretar\u00eda Ejecutiva, tanto en la implementaci\u00f3n de la PEAJAL, como en la conexi\u00f3n de las instituciones p\u00fablicas de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los \u00f3rganos aut\u00f3nomos constitucionales, as\u00ed como los municipios y \u00f3rganos municipales. Hasta el momento se ha logrado recopilar informaci\u00f3n en lo correspondiente a las declaraciones patrimoniales, de intereses y constancias de presentaci\u00f3n de declaraci\u00f3n fiscal; la informaci\u00f3n de las personas de servidores p\u00fablicos que intervienen en procesos de contrataci\u00f3n p\u00fablica; y la informaci\u00f3n de sancionados por alguna falta o hecho de corrupci\u00f3n; en lo que concierne a 484 instituciones que tiene el Estado en la PDN.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, el surgimiento de la LGTAIP y LGSNA tiene, de cierta manera, un enfoque de pol\u00edtica deliberativa, la cual concibe como fundamento la capacidad de forjar consensos, pero involucrando ciertas caracter\u00edsticas como las que se\u00f1ala Cohen (1997) para determinar que existe un procedimiento deliberativo: 1) existe un racionamiento para seleccionar el mejor argumento; 2) hay libertad de las partes en la deliberaci\u00f3n, es decir, no existen restricciones; y 3) hay igualdad de condiciones para las partes en el proceso de deliberaci\u00f3n. Es as\u00ed como el origen de la LGSNA, que involucr\u00f3 a 32 organizaciones de la sociedad civil, promovi\u00f3 la creaci\u00f3n del SNA; considerando entonces que estas organizaciones operaron en libertad sin restricciones, salvo las constitucionales, hubo igualdad y se tom\u00f3 el mejor argumento para combatir la corrupci\u00f3n, se configuraron algunos elementos de pol\u00edtica deliberativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Es as\u00ed que resalta c\u00f3mo un elemento fundamental dentro de la configuraci\u00f3n de los sistemas anticorrupci\u00f3n tanto nacional como estatal, la conformaci\u00f3n de un Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana o de Participaci\u00f3n Social, para el caso de Jalisco. En este se seleccionan a miembros de la ciudadan\u00eda con reconocimiento p\u00fablico, m\u00e1s que por su labor pol\u00edtica, por su actividad ciudadana en la promoci\u00f3n de la integridad, lo cual es una forma de configurar en clave de pol\u00edtica deliberativa. Sin embargo, a\u00fan existen retos para que los argumentos emitidos por este cuerpo de representaci\u00f3n ciudadana \u2013no partidista\u2013 sean tenidos en cuenta y, de alguna manera, sean vinculantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien el propio Cohen (1997) manifiesta que la democracia se distingue por dos interpretaciones: una enfocada en entender las decisiones pol\u00edticas como un proceso de agregaci\u00f3n de intereses o un proceso deliberativo, y la otra que concibe que el poder pol\u00edtico es leg\u00edtimo, ya sea por la delegaci\u00f3n que hacen los ciudadanos a trav\u00e9s de sus representantes, o de manera directa; su propuesta busca que el proceso de deliberaci\u00f3n sea con la participaci\u00f3n directa de los ciudadanos en lo referente a los criterios ya mencionados de razonamiento, libertad e igualdad.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, una pol\u00edtica deliberativa para la mitigaci\u00f3n de los riesgos de corrupci\u00f3n tendr\u00eda efecto si se logra que los espacios de participaci\u00f3n ciudadana tuvieran mayor trascendencia \u2013que sean vinculantes\u2013, pero a su vez que existan organismos que garanticen la intervenci\u00f3n ciudadana; por ejemplo, la ciudadan\u00eda puede recabar informaci\u00f3n, muchas veces obtienen una vez que recurren a un \u00f3rgano de transparencia que garantice su acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica. En lo relacionado con las denuncias asociadas con faltas administrativas y hechos de corrupci\u00f3n, las y los ciudadanos pueden lograr una mayor incidencia si se establece un mecanismo m\u00e1s expedito para la presentaci\u00f3n de denuncias, como se busca a trav\u00e9s de la PDN en lo referente al sistema de denuncias \u201cun canal \u00fanico para la denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupci\u00f3n y simplificar\u00e1 su presentaci\u00f3n, tr\u00e1mite y seguimiento generando informaci\u00f3n relevante para el Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La capacidad de agencia que logr\u00f3 la ciudadan\u00eda con el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica es importante en la medida que se reduce la asimetr\u00eda de informaci\u00f3n y, con ello, sus decisiones son m\u00e1s racionales; a esto se suma la consolidaci\u00f3n de un enfoque m\u00e1s preventivo de la corrupci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n de las entidades encargadas de combatirla, el enfoque ciudadano con la conformaci\u00f3n de los comit\u00e9s de participaci\u00f3n ciudadana, su liderazgo en la coordinaci\u00f3n, en la comisi\u00f3n ejecutiva, la designaci\u00f3n de la persona titular de la Secretar\u00eda Ejecutiva del Sistema Anticorrupci\u00f3n, con lo que se adelantan procesos de innovaci\u00f3n p\u00fablica, en especial, con la consolidaci\u00f3n de informaci\u00f3n para la toma de decisiones que promuevan la integridad.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfHacia d\u00f3nde vamos?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>El pa\u00eds transita hacia un enfoque curiosamente \u201cneoliberal\u201d, si se considera que una de las propuestas con las que se materializ\u00f3 el neoliberalismo fue la reforma del Estado, no necesariamente para fines sociales y de libertades individuales, sino para consolidar un nuevo <em>establishment <\/em>o nueva \u00e9lite que podr\u00eda operar libremente ante la inexistencia de \u00f3rganos aut\u00f3nomos constitucionales como los garantes de transparencia, y \u00f3rganos t\u00e9cnicos coordinadores del sistema anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, si se consideran elementos de legitimidad, las elecciones de 2024 en M\u00e9xico de acuerdo con el INE (2024), tuvieron una tasa de participaci\u00f3n de 61.05% y quien ahora ocupa la presidencia tuvo un porcentaje de 59.76%; con lo que se evidencia en primer lugar que en la elecci\u00f3n participa un poco m\u00e1s de la mitad de las personas habilitadas para votar y que, por ende, la elecci\u00f3n fue hecha por una tercera parte del potencial electoral. An\u00e1logamente, no se puede pretender que el apoyo logrado en las urnas sea carta blanca para proceder con reformas con un fuerte impacto en una institucionalidad consolidada y la alteraci\u00f3n del sistema de pesos y contrapesos.<\/p>\n\n\n\n<p>La existencia de los \u00f3rganos aut\u00f3nomos constitucionales brinda reconocimiento al pa\u00eds, se\u00f1ala Ackerman (2007), puesto que M\u00e9xico se destaca por su institucionalizaci\u00f3n y la rendici\u00f3n de cuentas democr\u00e1tica. Por su parte, Arzate (2020) enfatiza que estos \u00f3rganos son la muestra de la cercan\u00eda de la ciudadan\u00eda y las actividades del gobierno, en especial, con el control y vigilancia de la legitimidad del ejercicio del poder p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>En el marco de la pol\u00edtica deliberativa y la mitigaci\u00f3n de la corrupci\u00f3n, no es suficiente con la elecci\u00f3n directa de los ciudadanos, por ejemplo, en el caso de las personas magistradas, ministras o jueces de las cortes o tribunales, si no se cumplen los preceptos b\u00e1sicos de libertad, igualdad y razonamiento propuestos por Cohen (1997). Es as\u00ed como la legitimidad del poder pol\u00edtico tambi\u00e9n se puede realizar a trav\u00e9s de la delegaci\u00f3n ya realizada por la ciudadan\u00eda a trav\u00e9s del voto, para lo que ser\u00eda necesario abrir los procesos a un mayor escrutinio, es decir, la reforma al Poder Judicial propone que la conformaci\u00f3n de las listas con las personas candidatas ser\u00e1 a trav\u00e9s de una comisi\u00f3n, lo que no ser\u00eda necesario, como se ha realizado tradicionalmente, considerar las opiniones t\u00e9cnicas que emiten los comit\u00e9s de participaci\u00f3n ciudadana de los sistemas anticorrupci\u00f3n o se ampliara al escrutinio de la ciudadan\u00eda por otros medios.<\/p>\n\n\n\n<p>Las reformas no requieren cambios bruscos de los que no se contemplen los incentivos perversos, como podr\u00eda suceder con la elecci\u00f3n popular de jueces y la posible captura del Poder Judicial por parte del narcotr\u00e1fico; sino, cambios de l\u00f3gica incremental con un menor impacto negativo, como ya se mencion\u00f3, ampliando la participaci\u00f3n ciudadana con argumentos que desborden la l\u00f3gica populista que generar\u00eda un proceso electoral directo. Una reforma incremental ser\u00eda lograr un mayor reporte de informaci\u00f3n a trav\u00e9s de la PDN y PNT. En la PDN con una mayor interconexi\u00f3n de los estados y municipios, y un monitoreo especializado por parte de las secretar\u00edas ejecutivas; con la PNT logrando un mayor reporte de informaci\u00f3n con criterios de datos abiertos, en especial, accesibles e integrales, que por un lado reduzcan el n\u00famero de consultas \u2013clics\u2013 que un ciudadano tiene que hacer para lograr la informaci\u00f3n, y que esta tenga el mayor n\u00famero de detalle posible para su an\u00e1lisis.<\/p>\n\n\n\n<p>Para que la democracia deliberativa sirva en la mitigaci\u00f3n de la corrupci\u00f3n, es necesario que se fortalezca la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n de manera imparcial y efectiva, y que se realice un mejor seguimiento de los casos de corrupci\u00f3n, esto respecto al avance que tienen que dar las entidades responsables de la investigaci\u00f3n y el juzgamiento de dichos hechos. Esto no se logra acabando con los organismos existentes para tal fin, sino ampliando sus competencias y refinando los procesos de proveer informaci\u00f3n que brinde mejores argumentos e informaci\u00f3n para la participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\"><em>Bibliograf\u00eda<\/em><\/pre>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\">Ackerman, J. (2007). <em>Organismos aut\u00f3nomos y democracia: el caso de M\u00e9xico.<\/em> Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico UNAM y Siglo XXI editores.&nbsp;&nbsp;<\/pre>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\">Cohen, J. (1997). \"Deliberation and Democratic Legitimacy\". En J. Bohman y W. Rehg. <em>Deliberative Democracy: Essays on Reason and Politics<\/em>, https:\/\/doi.org\/10.7551\/mitpress\/2324.001.0001&nbsp;&nbsp;<\/pre>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\">Mart\u00edn-Borrag\u00f3n, E., y Bar\u00f3n, A. (30 de septiembre de 2024). \"Millones de solicitudes: la evoluci\u00f3n del uso masivo del acceso a la informaci\u00f3n y el rol del INAI\". <em>Animal Pol\u00edtico, <\/em>https:\/\/www.animalpolitico.com\/analisis\/invitades\/inai-acceso-informacion-uso-masivo&nbsp;&nbsp;<\/pre>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\">Habermas, J. (1998). <em>Facticidad y Validez: sobre el derecho y el Estado democr\u00e1tico de derecho en t\u00e9rminos de teor\u00eda del discurso<\/em>. Editorial Trotta.&nbsp;&nbsp;<\/pre>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-verse\">Uribe, E. (2020). <em>Autonom\u00eda de los \u00f3rganos constitucionales<\/em>. Cuaderno de transparencia 30. Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales INAI. https:\/\/itai.org.mx\/Presentaciones\/Autonomia_organos_constitucionales.pdf&nbsp;&nbsp;<\/pre>\n<\/div><\/div><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-stackable-column stk-block-column stk-column stk-block stk-7fa800f article-rail-right\" data-v=\"4\" data-block-id=\"7fa800f\"><style>@media screen and (min-width:690px){.stk-7fa800f {flex:var(--stk-flex-grow, 1) 1 calc(20% - var(--stk-column-gap, 0px) * 2 \/ 3 ) !important;}}<\/style><div class=\"stk-column-wrapper stk-block-column__content stk-container stk-7fa800f-container stk--no-background stk--no-padding\"><div class=\"stk-block-content stk-inner-blocks stk-7fa800f-inner-blocks\"><\/div><\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La creaci\u00f3n de \u00f3rganos aut\u00f3nomos obedece a la evoluci\u00f3n y transformaci\u00f3n del Estado debido el aumento de sus tareas que, por su especialidad, obedece a una l\u00f3gica de evitar la concentraci\u00f3n del poder p\u00fablico por parte de los conocidos como Ejecutivo, Legislativo y Judicial. 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